martes, 12 de enero de 2016

Seguridad Informática

La ciberseguridad, la ciberdelincuencia  y los delitos informáticos en el Ecuador

Internet abrió el paso a esas nuevas formas de delincuencia común y organizada que pone en riesgo la información privada,  la seguridad en la navegación  y de las instituciones públicas y privadas. Por ello Ecuador se vio en la necesidad de crear leyes que puedan garantizar la privacidad, confidencialidad de los ciudadanos. Esto se crea para evitar que el robo, delincuencia sigan aumentando a través de las redes. Datos de la Fiscalía evidencian  esta problemática:

Para dar solución a los problemas informáticos se crean leyes, donde los delitos informáticos tipificados en el COIP son:
A) Art. 202 inciso 1.- Violación de claves o sistemas de seguridad, para acceder u obtener información protegida contenida en sistemas de información.
Pena específica: 6 meses a 1 año; multa de 500 a 1000 dólares.
B) Art. 202.2 Cesión, publicación, utilización o transferencia de datos personales sin autorización
Pena específica: 2 meses a 2 años; multa de 1000 a 2000 dólares.
C) Art. 262 Destrucción o supresión de documentos o información por empleado público depositario de la misma.
Pena específica: 3 a 6 años.
D) Art. 353. 1 Falsificación electrónica
Pena específica: Depende del tipo de falsificación de acuerdo con los artículos 337 al 353
E) Art. 415.1 Destrucción, alteración o supresión de contenidos de sistema informático o red electrónica.
Pena específica: 6 meses a 3 años; multa de 60 a 150 dólares
F) Art. 415.2 Destrucción de infraestructuras físicas necesarias para la transmisión, recepción o procesamiento de mensajes de datos.
Pena específica: 8 meses a 4 años; multa de 200 a 600 dólares
  
G) Art. 553.2 Los que utilizaren fraudulentamente sistemas de información o redes electrónicas, para facilitar la apropiación de un bien ajeno, o los que procuren la transferencia no consentida de bienes, valores o derechos de una persona, en perjuicio de ésta o de un tercero, en beneficio suyo o de otra persona alterando, manipulando o modificando el funcionamiento de redes electrónicas, programas informáticos, sistemas informáticos, telemáticos o mensajes de datos
Pena específica: 6 meses a 5 años; multa de 500 a 1000 dólares; los autores podrán ser colocados bajo la vigilancia especial de la autoridad por 2 años a lo menos y 5 a lo más.
CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS NO CONSTITUTIVAS
1) NUMERAL 2 Descubrimiento o descifrado de claves secretas o encriptadas
2) NUMERAL 5 Violación de seguridades electrónicas, informáticas u otras semejantes
H) ART. 563
CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS NO CONSTITUTIVAS
INCISO 2 Quien cometiere este delito utilizando medios electrónicos o telemáticos
Prisión de 5 años; multa de 500 a 1000 dólares
I) ART. 606
CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS NO CONSTITUTIVAS
NUMERAL 20 Los que violaren el derecho a la intimidad, en los términos establecidos en la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos.

Estas leyes van acompañadas de otras que les permiten reforzar y garantizar otras áreas, siendo las principales:

Pero a pesar de que existan leyes no se esta libre de fraude, robo, trafico etc por ello desde la Policía Nacional  presentan algunas recomendaciones para no caer en manos de delincuentes cibernéticos o por lo menos no hacerle fácil al delincuente el robar. Estas son las recomendaciones más importantes:
Recomendaciones para no ser víctimas
1.      No introducir datos como claves y número de tarjetas desde una red pública (cibercafé, centros comerciales, etc.).
2.      Actualizar el sistema operativo para no tener vulnerabilidades de seguridad.
3.      Contar con una contraseña diferente para cada sitio (correo, cuentas bancarias, etc.).
4.      Disponer de un software antivirus actualizado que tenga control de navegación en internet.
5.      Cambiar de contraseñas cada cierto tiempo.
6.      Comprobar que es una página segura (https).
7.      No hacer clic en enlaces sospechosos o que se reciban por e-mail de fuentes que no sean de confianza.
También es importante dar a conocer que la Dirección Nacional de Comunicaciones por intermedio del Área de Seguridad de la Información se encuentra implementando el proyecto Esquema Gubernamental de Seguridad de la Información, con el fin de garantizar la disponibilidad, confidencialidad e integridad de la información de la Policía Nacional del ecuador.
Conclusión:
Cada vez las personas utilizan el Internet para realizar transacciones, compras, ventas o cualquier actividad que las redes acorten tiempo y espacio, pero así también aumenta los riesgos de caer en manos de delincuentes, por ello la necesidad de tener leyes; pero las tipificaciones del Ecuador solo cubren o garantizan solo ciertos ámbitos y su penalidad no es de muchos años y eso hace que los ciudadanos queden desprotegidos cuando sean victimas de la inseguridad informática por ello el la misma ciudadanía que a falta de leyes que les protejan deben tomar precauciones y evitar ponerse en riesgo.

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